Ampliación de Aragón Presupuesto y Duración de la Ayuda a la Rehabilitación de Vivienda • Edificable
él Gobierno aragonés Se amplía el presupuesto y el plazo de solicitud de la Ayuda a la Reparación Energética del Hogar, incrementándose en 1,3 millones de euros. Las ayudas están destinadas a financiar actuaciones como la sustitución de ventanas, la mejora del aislamiento o la sustitución de sistemas de calefacción por otros que no utilicen combustibles fósiles, siempre que mejoren la eficiencia energética de la vivienda. El plazo de solicitud se extenderá hasta el 3 de febrero.

este llamar En el Boletín Oficial de Aragón (BOA) se publicó un extracto de la Orden nº FOM/1875/2025, de 19 de diciembre, por la que se incrementa el crédito presupuestario previsto en la Orden VMV/1018/2022, de 4 de julio, para Opción 4 Rehabilitación residencial y subvenciones a la vivienda social. Esta ayuda fue establecida en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y se enmarca en el “Programa de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
El incremento presupuestario es de 1,3 millones de euros, repartidos por provincias de la siguiente manera: Teruel 150.000 euros, Huesca 150.000 euros y Zaragoza 1 millón de euros.
asistencia de recuperación de energía
Las actuaciones subvencionables deberán conseguir una reducción de la demanda energética global anual de calefacción y refrigeración de al menos un 7% y una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%, o modificar elementos de la envolvente térmica para adaptarlos a los valores límite de conductividad térmica y permeabilidad al aire especificados en el Código Técnico de la Edificación Documento Básico de Conservación de Energía DB HE.
Lars SIDA El programa 4 se dirige a personas propietarias o usuarias de viviendas, así como a administraciones públicas, organismos y entidades de derecho público, empresas públicas y sociedades mercantiles (en las que la administración pública propietaria del inmueble tiene una participación mayoritaria). Las viviendas deberán estar situadas en la Comunidad Autónoma de Aragón y constituir la residencia habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o inquilinos en el momento de solicitar la asistencia.